Las recientes resoluciones del Tribunal Supremo han consolidado un cambio relevante en la aplicación de la prohibición de contratar con la Administración en materia de Derecho de la competencia. Esta medida, hasta ahora poco utilizada, ha ganado protagonismo y se ha convertido en una de las principales preocupaciones para las empresas afectadas por expedientes sancionadores.
El Tribunal Supremo ha confirmado que las autoridades de competencia pueden fijar directamente esta prohibición en sus resoluciones y ha aclarado que no tiene naturaleza sancionadora, sino que es una consecuencia jurídica independiente cuya duración y alcance deben determinarse conforme al principio de proporcionalidad.
Este nuevo enfoque supone un cambio respecto al sistema anterior, en el que la determinación del alcance de la medida requería un procedimiento posterior que retrasaba su aplicación. Desde 2023, la CNMC ha comenzado a fijar directamente la duración y el alcance de la prohibición, lo que ha permitido una aplicación más ágil y efectiva.
En este contexto, Yolanda Martínez, socia de Marimón Abogados, destaca que este cambio responde a la ineficacia práctica del modelo anterior, que retrasaba la ejecución de la medida. Asimismo, subraya que la posibilidad de que las autoridades determinen directamente el alcance y duración de la prohibición confirma una práctica que ya venían defendiendo algunas autoridades autonómicas.
La consolidación de este modelo abre un nuevo escenario para las empresas, en el que la prohibición de contratar con la Administración puede tener un impacto significativo en su actividad, especialmente en sectores dependientes de la contratación pública. Este contexto está impulsando además el refuerzo de los programas de cumplimiento normativo como herramienta clave para prevenir o mitigar sus efectos.
El Confidencial – Los vetos de la CNMC a acudir a licitaciones públicas abren un nuevo frente legal

