Dudas interpretativas de la nueva redacción del artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores

Artículos de opinión, ¿Hay derecho?

Lidia Bazán, letrada de Marimón Abogados, experta en derecho fiscal expuso que el artículo 108 LMV, recientemente modificado, regula la exención en IVA y Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) en la transmisión de valores. No obstante, comenta que se establece una excepción a la exención en el caso de adquisición de una participación mayoritaria en sociedades cuyo activo principal está constituido por bienes inmuebles. Asegura que en estos supuestos, la adquisición tributa como si se adquirieran los propios inmuebles.

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